DISPOSITIVA.
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en uso de la facultad conferida por el Numeral 1° del Artículo 479 y 493 del Código Orgánico Procesal Penal, CONCEDE a la Penada JOSÉ ELSAIN HERRERA RUÍZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.267.430, natural de Barinas, Estado Barinas, de profesión Funcionario Público, residenciado en la Urbanización José Antonio Páez, Sector 02, Vereda 20, Casa N° 05, Barinas, Estado Barinas, actualmente en Libertad, la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, conforme a lo establecido en el Art. 493 y 494 de la Ley de Reforma Parcial del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a las partes, ofíciese al Departamento de Vigilancia y Ejecución de Sanciones Penales del Min.....