En mérito de las consideraciones antes expuestas este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la rectificación del acta de nacimiento de la ciudadana PAULA BELINDA ROMAN RIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 15.670.950, asentada por ante la Prefectura del Municipio Bolívar del Estado Barinas, bajo el N° 591, de fecha 01/10/1981, y en el libro duplicado de Registro Civil de Nacimientos llevado por dicha Prefectura, y archivado por ante el Registro Principal del Estado Barinas, durante aquél año, de conformidad con lo establecido en los artículos 501,502 del Código Civil y 768, 769, 770, 771, 772, 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil.
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