Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera
Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara con lugar, la presente solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos ENCARNACION DIMAS CASTILLO y ELENA DEL CARMEN QUINTERO, ya identificados y en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron el día 28 de noviembre de 1989, por ante la Prefectura de la Parroquia Puerto de Nutrias, Municipio Sosa del Estado Barinas, según se evidencia del acta de matrimonio Nº 11, que en copia certificada fue traída a los autos.
Publíquese, regístrese y expídanse las copias de ley.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas a los veintinueve días del mes de abril de.....