DISPOSITIVA
Este Tribunal de Juicio N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela , por autoridad de la Ley, administrando Justicia, Decreta el Sobreseimiento de la presente causa, por Extinción de la Acción Penal, por muerte del acusado, de conformidad con lo previsto en el artículo 48 ordinal 1° y 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Pena y artículo 103 del Código penal vigente, por fallecimiento del acusado EDWIN FRAN BARBOSA PEÑA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 19.517.964, nacido en fecha 07-02-1981, de 26 años de edad, natural de Maracay Estado Aragua, dice ser hijo de Francisco Barboza (v) y Jovina Peña (f), y con residencia en la Urbanización José Antonio Páez, Sector 2, Etapa 3, vereda 9, casa Nº 07, Barinas Estado Barinas; por la presunta comisión del delito de Violencia Sexual previsto y sancionado en el articulo 43 de la Ley Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en .....