Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CONSUMADA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA Y EXTINGUIDO EL PROCESO EN LA PRESENTE CAUSA incoada por la ciudadana BRAULIA DEL CARMEN LUQUE TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 8.065.268, domiciliada en el Sector "Cerro La Yuca-Caserío Olmedillo", Municipio Cruz Paredes del Estado Barinas, asistida por la abogada RISLET ARRIECHI MATHEUS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 14.932.382, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 102.858, en su condición de Abogada I de la Procuraduría Agraria del Estado Barinas, en contra del ciudadano JORGE RODRÍGUEZ ABAD, venezolana, mayor de edad, domiciliado en la Avenida 23 de enero, piso 02, oficina Nº 09 de esta Ciudad de Barinas del Estado Barinas. Y ASÍ SE DECIDE.....