DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la presente demanda con motivo del juicio de COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACION, interpuesto por el ciudadano MIGUEL ADOLFO ANZOLA CRESPO, Abogado en ejercicio, de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 31.267, actuando como Apoderado Judicial de BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A; contra el ciudadano YEID ZIB BARUKI, venezolano mayor de edad titular de la cedula de identidad, N° 11.794.478.
No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.
Publíquese, Regístrese, Déjese copia en el Archivo del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Segundo del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del estado Barinas. En Barinas, al primer (01) día del mes de.....