Por las razones de hecho y de derecho antes descritas, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Cinco del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara: PRIMERO: Con lugar la admisión total de la acusación intentada por el Ministerio Público de conformidad con el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del hoy acusado JHONNY JOSE CHINCHILLA MONTILLA, Venezolano, mayor de edad, de 25 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.349.611, fecha de nacimiento 19-09-1980, natural de Barinas Estado Barinas, obrero, hijo de María Piñero (V) y Catalina Chinchilla (V), residenciado en el Barrio Independencia III, calle Francisco de Miranda, casa Nº 9-20 frente a la canchita Barinas Estado Barinas, en perjuicio de la ciudadana Giovanna Magali León Martínez, por encontrarse llenos los extremos legales de dichas normas sustantivas. Declara con luga.....