Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Protección del Niño y Adolescente, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la acción CUMPLIMIENTO A LA OBLIGACION ALIMENTICIA, interpuesta por Emilio Morles, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 5.950.180, abogado en ejercicio, inscrito en el Ipsa bajo el No 38.938, actuando en este acto en nombre y representación de FELIPE SANTIAGO VALDERRAMA VILLANUEVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad 17.767.511, domiciliado en ésta ciudad de Barinas, Estado Barinas, y de la adolescente NURIS DARIELA VALDERRAMA VILLANUEVA, venezolana, adolescente, titular de la cédula de identidad No 18.518.554, domiciliada en ésta ciudad de Barinas, representación que consta en instrumento Poder que le fuere conferido por ante la Notaría Pública del Barinas, anotado bajo el No 69, Tomo 85 en fecha 28 de octubre de 2.003, suscrit.....