este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, administrando justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la RECUSACIÓN ejercida por el Abogado JAVIER ENRIQUE ROJAS MORALES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 77.539, en su condición de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil Urbanizadora Don Juan C.A., contra la Abogada ROSA ELENA QUINTERO ALTUVE, en su condición de Jueza Suplente Especial del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, relacionada con el juicio de SIMULACIÓN Y NULIDAD DE ASIENTO REGISTRAL, intentado por la Sociedad Mercantil "INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES 777 C.A", contra las Sociedades Mercantiles "URBANIZADORA DON JUAN C.A" y PRADOS DE BARINAS S.A.