Decisiones del dia 16/07/2014
N° Expediente :
4263-14
N° Sentencia :
4495
Fecha: 16/07/2014
Procedimiento: Cobro De Bolívares
Partes: SOCIEDAD MERCANTIL "MAYOR LA ALGAIDA, S.A, (M.A.S.A)" Y SOCIEDAD DE COMERCIO "MERCANTIL MUNDO HOGAR, C.A.",
Resumen:
Como consecuencia de lo expuesto precedentemente, a los fines de garantizar el derecho a la defensa y al debido proceso de las partes, principios fundamentales de nuestra administración de justicia y consagrados en nuestro texto constitucional, este juzgador, de conformidad con lo establecido en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, tomando en cuenta que la reposición tiene por objeto corregir vicios procesales, faltas del Tribunal que afecten el orden público o que perjudiquen los intereses de las partes sin culpa de éstas, aunado al hecho que la misma debe perseguir una finalidad útil, para corregir los vicios ocurridos en el trámite del proceso, y de conformidad con lo establecido en el artículo 640 del Código Procedimiento Civil, REPONE LA CAUSA AL ESTADO DE DICTAR NUEVO AUTO, MEDIANTE EL CUAL SE ADMITA LA DEMANDA POR EL PROCEDIMIENTO MONITORIO. En consecuencia, se declara la nulidad del auto de admisión de la demanda, de fecha: 3 de julio de 2014. Y ASÍ SE DECIDE.
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Juez/Ponente:
Juán José Muñoz
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil
N° Expediente :
9608-14
N° Sentencia :
Fecha: 16/07/2014
Procedimiento: Querella Funcionarial
Partes: JOSÉ ENRIQUE LÓPEZ ROJAS CONTRA EL CUERPO DE POLICÍA NACIONAL BOLIVARIANA (MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ).
Resumen:
Determinado lo anterior, se constata por remisión expresa de lo previsto en el artículo 98, de la Ley del Estatuto de la Función Pública, que la presente querella no se encuentra incursa en ninguna de las causales de inadmisibilidad, razón por la cual, este Tribunal Superior, ADMITE la demanda interpuesta, e igualmente su reforma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 343, del Código de Procedimiento Civil, en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. En tal sentido, cítese mediante oficio al ciudadano Procurador General de la República para que de acuerdo a lo establecido en el artículo 99 eiusdem, comparezca ante este Juzgado Superior a dar contestación a la querella, la cual deberá llevarse a cabo dentro del lapso de quince (15) días de despacho siguientes a su citación, que se entenderá consumada una vez transcurran quince (15) días hábiles, más seis (06) días que se le conceden como término de distancia; anéxesele al oficio respectivo, copias foto.....
Juez/Ponente:
Maige Ramírez Parra
Organo:
Juzgado Superior en lo Civil, Contencioso y Administrativo
N° Expediente :
2014-45
N° Sentencia :
Fecha: 16/07/2014
Procedimiento: Embargo Ejecutivo
Partes: SOCIEDAD MERCANTIL BANCO CARONI, C.A BANCO UNIVERSAL-CONSTRUCTORA PEREZ BRITO C.A, (COPEBRICA)
Resumen:
Seguidamente: En este estado, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS OBISPOS, CRUZ PAREDES Y ALBERTO ARVELO TORREALBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, Administrando Justicia actuando por Comisión en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA, EMBARGADO EJECUTIVAMENTE los bienes Muebles anteriormente señalados y descritos por el apoderado judicial de la parte actora plenamente identificado y debidamente valorado por el Perito Avaluador. En consecuencia se DECLARA, consumada la desposesión jurídica de la empresa demandada: CONSTRUCTORA PEREZ BRITO C.A, (COPEBRICA) sobre los bienes anteriormente embargados
Juez/Ponente:
Aura Mercedes Santiago Torres
Organo:
Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Obispos, Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba
N° Expediente :
EP01-R-2014-000058
N° Sentencia :
Fecha: 16/07/2014
Procedimiento: Admisible El Recurso De Apelación Y Fija Audiencia
Partes: ACUSADO: EDWIN MANUEL CAMACHO CARRILLO; DEFENSOR PRIVADO: ABOGADO: JOSÉ LUIS GUDIÑO ROJAS; VICTIMA: ERIKA ELIZABETH LOHORENGEL DE LA CRUZ; REPRESENTACIÓN FISCAL: FISCALÍA TERCERA DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS. ABG. MARÍA CAROLINA MERCHÁN
Resumen:
Se Declaro: Admisible el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado José Luis Gudiño Rojas, en su condición de defensor privado del acusado Edwin Manuel Camacho Carrillo; contra la decisión dictada en fecha 06 de mayo de 2014 y publicada en fecha 11 de junio de 2014, por el Tribunal de Juicio N° 01 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual condenó al acusado a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓN por la comisión del delito de Extorsión por Relación Especial, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión, en perjuicio de la ciudadana Erika Elizabeth Lohorengel de la Cruz; en consecuencia, de conformidad con el artículo 447 procesal, se fija para la DECIMA (10) AUDIENCIA, siguiente a la fecha del presente auto de Admisión, a las 9:30 a.m., para que tenga lugar la Audiencia Oral y Pública correspondiente.
Juez/Ponente:
Ana Maria Labriola
Organo:
Corte de Apelaciones
N° Expediente :
EP01-R-2014-000054
N° Sentencia :
Fecha: 16/07/2014
Procedimiento: Sin Lugar, El Recurso De Apelación
Partes: ACUSADO: LENIN JESÚS TERÁN ROSALES, VICTIMA:CORPORACIÓN DESARROLLO CUENCA RÍO TUY, REPRESENTADA POR EL CIUDADANO JESÚS MANUEL ANDRADE DUEÑO, DEFENSOR PRIVADO: ABOGADO. CARLOS DAVID CONTRERAS SÁNCHEZ Y REPRESENTACIÓN FISCAL: FISCAL DÉCIMO QUINTO DEL MINISTERIO PÚBLICO.
Resumen:
Se Declaro. PRIMERO: Sin lugar el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado Carlos David Contreras Sánchez en su condición de Defensor Privado, contra la decisión dictada en fecha 22 de mayo de 2.014, por el Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, mediante el cual dicto Auto resolviendo planteamiento de nulidad presentado por la Defensa Privada, en relación al acusado Lenin Jesús Terán Rosales, por la presunta comisión de los delitos de Peculado Doloso, previsto y sancionado en el articulo 52 de la Ley Contra la Corrupción, y el delito de Asociación para Delinquir, previsto y sancionado en el articulo 37 en relación con el articulo 4 numeral 9 de la Ley Orgánica contra la delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. SEGUNDO: Se confirma la decisión dictada en fecha 22 de mayo de 2.014, por el Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas.
Juez/Ponente:
Trino Ruben Mendoza Isturis
Organo:
Corte de Apelaciones