ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la acción interpuesta y en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial que unía a los cónyuges: MARLENY GARCIA MORA Y CARLOS ANDRES VELAZCO PEREZ, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad C.I Nº V-15.120.293 y V¬13.675.966, respectivamente, desde la fecha 05/04/2001, según Acta N2 06, expedida por la Primera autoridad Civil de la Parroquia Pedro Briceño Méndez del Municipio Ezequiel Zamora del Estado Barinas, conforme el artículo 375 LOPNNA, en cuanto al cumplimiento del deber de Manutención de la Adolescente habida en el matrimonio, fija a cargo del padre, la cantidad de MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.500,00) mensuales, y adicionalmente en el mes de Septiembre y Diciembre, la madre aportará la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 2.500,00), los cuales ser.....