PRIMERO: Se DECLARA SIN LUGAR la acción de cumplimiento de contrato sobre terreno ejidal, interpuesta por el ciudadano ALBERTO JOSÉ SÁNCHEZ VELASCO, venezolano, titular de la cédula de identidad No. V-9.217.332, domiciliado en el Estado Táchira, asistido de los abogados JUAN RODOLFO MARTÍNEZ CASANOVA, SILVIA CASANOVA Y JOSEFINA MARTÍNEZ CASANOVA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 48.497, 22.898 y 83.179, en su orden, contra la Cámara Municipal del Municipio Independencia en la persona de su Alcalde, el ciudadano LUIS MARÍA MENDOZA CHACÓN, venezolano, mayor de edad, hábil, titular de la cédula de identidad No. V-5.027.029.