REVOCA POR INCUMPLIMIENTO, LA MEDIDA CAUTELAR, acordada en fecha 14-08-08, al acusado MIGUEL ANGEL PEÑA GRATEROL, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° 17204524, fecha de nacimiento 23/08/83, hijo de Leonarda Graterol (v) José Peña (v) domiciliado en la Urbanización Ciudad Varyná, Sector Jabillo I, Calle 2 Manzana Q, Casa N° 27, Barinas Estado Barinas, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE TENTATIVA, ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en los artículos 406 en concordancia con el artículo 80 primer aparte, 458 en concordancia con el artículo 80 primer aparte; artículo 277 y 218 numeral 1ero respectivamente, todos del Código Penal Venezolano vigente, cometido en perjuicio del ciudadanos JAVIER AGUILERA APARICIO. Se acuerda librar Orden de Aprehensión al acusado, a los fines de proseguir el proceso, se ordena oficiar al Cuerpo de Investigaciones Científicas, .....