D I S P O S I T I VA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CALIFICA COMO FLAGRANTE, la aprehensión del imputado ALONZO JOSE ESPITA PUERTA, quien verificando sus datos personales quedó identificado como Colombiano, de 36 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 83.142.377 (LA PORTA), de profesión u oficio obrero , de estado civil Soltero, quien es hijo de Maria Puerta (F) y de Alfonso Jose Espita (F), domiciliado Finca el paraíso, vía boca de anaro, sector el conchar Pedraza, Estado Barinas, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en los artículos 42, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho a la Mujer a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana HERMELINDA SALAS GARCIA, conforme a lo previsto en el artículo 248 del Código Orgánic.....