DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Control N° 04 este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley EXTINGUE LA ACCION PENAL Y DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor del ciudadano ANTONIO MARIA CLARET VELASQUEZ, venezolano, de 44 años de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° V-9.264.634, natural de Barinitas, Municipio Bolívar, Estado Barinas, nacido el día 23-10-1962, hijo de Francisca Brache y Faustino Velásquez, residenciado en el Barrio El Milagro II, Poste N° 38, Casa N° 2-11, Barinitas, Municipio Bolívar, Estado Barinas, por el delito de DESTRUCCIÓN DE VEGETACIÓN Y VERTIENTES, previsto y sancionado en el artículo 53 de la Ley Penal del Ambiente, cometido en perjuicio del Estado Venezolano, todo ello de conformidad con lo establecido en el numeral 7º del artículo 48 y 318 ordinal 3° y 321 todos del Códig.....