En el presente caso, la solicitud de aclaratoria ha sido formulada por el apoderado judicial de los terceros opositores en el sentido de que se provea sobre el punto de los terceros que representa ciudadanos Omar Coromoto Palacios, Efrén Alberto Palacios, Gladis Coromoto Palacios Villamizar, María del Carmen Palacios, Telma M. Paredes Palacios, Raúl Paredes Palacios y Siloe Paredes Palacios, hecho éste que se encuentra inmerso y resuelto en la sentencia aquí dictada, pues resulta menester destacar que mal puede el órgano jurisdiccional excluir -de oficio- a dos personas naturales integrantes de un litis consorcio tanto activo como pasivo, y las cuales carecen de su condición de terceros en esta causa en virtud de conformar la parte demandada en el juicio principal, y luego pronunciarse respecto a los demás integrantes del referido litis consorcio, como pretende el profesional del derecho diligenciante le sea resuelto, razón por la cual este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo C.....