Firme como ha quedado la Sentencia Definitiva dictada por el Tribunal de Control N° 01 de este Circuito Judicial Penal, en fecha: 1° de Junio de 2006, mediante la cual condenó a los Acusados: HOMERO MOLINA ESCALONA, Venezolano, de 40 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.360.593, nacido en fecha: 08-06-1967, agricultor, hijo de María Escalona de Molina (V) y de Clemente Molina Arias (F) y residenciado en el Barrio La Esperanza, Carrera 30, Casa S/N, al frente de la Escuela La Esperanza, Socopó, Estado Barinas y LUIS MANUEL OLIVA AVANCINI, Venezolano, de 26 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 14.813.260, nacido en fecha: 02-08-1979, operador de maquinaria pesada, hijo de Aidé del Carmen Avancini de Oliva (V) y de José Luis González (V) y residenciado en el Barrio La Esperanza, Avenida 02, Casa N° 16-30, Barinas, Estado Barinas; a cumplir, cada uno de ellos, la pena de: UN (01) MES DE PRISIÓN, más las penas accesorias de Ley, por imputarles responsabilidad e.....