Decisiones del dia 31/03/2005
N° Expediente :
EP01-P-2005-002610
N° Sentencia :
Fecha: 31/03/2005
Procedimiento: Privacion Judicial Preventiva De Libertad
Partes: FISCAL: ABG.IRAIDA GUILLEN, DEFENSA: ABG.HORACIO ARAQUE, IMPUTADO: ALDO JOSE HOYO, VICTIMA: CONTRA EL ORDEN PÚBLICO.
Resumen:
D I S P O S I T I VA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Control Nº 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a dictar los siguientes pronunciamientos: CALIFICA COMO FLAGRANTE, la aprehensión del ciudadano Aldo José Hoyo, por la presunta comisión del delito de Porte Ilicito de Arma de Fuego, de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de dicho ciudadano, quien es de las características personales indicadas al inicio de la presente decisión, por cumplirse los extremos legales. SE ORDENA LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO. Librese Boleta de Privación de Libertad. La anterior decisión tiene su basamento legal en lo establecido en los artículos 248, 250, 251, 373 del Código Orgánico Procesal Penal.
Juez/Ponente:
Dora Isabel Riera Cristancho
Organo:
Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control
N° Expediente :
EP01-P-2004-000853
N° Sentencia :
Fecha: 31/03/2005
Procedimiento: Sentencia Condenatoria Por Admisión De Los Hechos
Partes: ACUSADO: RILVER JESÚS ANGARITA PANTOJA, FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO: ABG. FATIMA CADENAS, DEFENSA PRIVADA: ABG. MIREYA TAQUIVA, VÍCTIMA: NELSON ENRIQUE ARAUJO.
Resumen:
PENALIDAD
En cuanto a los hechos admitidos por el acusado Rilver Jesús Angarita Pantoja, se tiene que el delito es el de Lesiones leve previsto y sancionado en el artículos 418 del Código Penal, teniendo el mismo la pena de arresto de tres (03) a seis (06) meses, cuyo término medio a tenor de lo establecido en el artículo 37 del código penal, es de cuatro meses (04) y quince días de arresto, pero con un aumento de una cuarta parte por ser reincidente el acusado tal como lo ordena el artículo 100 del Código Penal. En la presente decisión se utiliza el término maximo de seis meses de arresto, mas el aumento de una cuarta parte por la reincidencia, quedando este en la cantidad de siete meses y quince días; pero como en el presente caso, el acusado se acogió al procedimiento especial de admisión de hechos, se hace la disminución en una tercera parte a la mitad por mandato expreso del artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, quedando la pena aplicar para cada uno de los ac.....
Juez/Ponente:
Gabriel Ernesto España Guillen
Organo:
Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control