Este Tribunal, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda: PRIMERO: Se ordena la Apertura a Juicio Oral y Público de conformidad con lo establecido en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal de los acusados VICTOR JOSE QUINTERO PERDOMO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 9.267.714, de 40 años de edad, nacido el 06/03/1965, Santa Cruz Obispo, agricultor, hijo de Erlinda Perdono (V) y de Gregorio Quintero (V), residenciado en Santa Cruz, vía principal, a 60 metros de la Bodega Don Trino, Municipio Obispos, Estado Barinas, y, ANTONIO JOSE BRICEÑO, no porta cédula de identidad, dice ser venezolano, portador del numero de identidad 10.561.428, de 41 años de edad, nacido el 10/10/1963, en Bocono Estado Trujillo, agricultor, hijo de María Enecia Briceño (V) y de Ramón Alberto Torres (F), residenciado en Santa Cruz, callejón el caico, vía principal, como a 100 metros de la bodega del señor Gerardo, Mun.....