este Tribunal dentro
de la última hora de despacho (02:30 p,m) del 2° día siguiente a la certificación
secretarial de su notificación conforme lo establecido en el articulo 457 Ejusdem. Se
declara no ha lugar la Notificación al Fiscal del Ministerio público conforme lo
dispuesto en el artículo 463 LOPNNA en concordancia con lo previsto en los artículos
321, 355, 361, 495 Y 515 Ibidem. Líbrese los recaudos correspondientes. Diarícese y
Cúmplase. Quien suscribe, Secretaria de Audiencias del Tribunal Primero de Primera
Instancia de Mediación ´1., sustanciación de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO
que a~terior tra,. ,~~t~~, opia fiel y exacta de sus originales, cursantes en el
Expediente MD. •1:.\4gQ-¿•q~Q:fl. 349, todo de conformidad con el articulo 112 del Código
de procedimie ó~lifll. ´C:!2~}~:~
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