en consecuencia DECLARA UNICOS y UNIVERSALES
HEREDEROS, del de cujus CARLOS MANUEL ARENAS MORENO, C.I. V-4.270.605 a su
concubina GILDA GENOVEVA MARTINEZ LEON e hijas se omite C,I, 17.178.852 y se omite, de 08 años de edad,
DEJANDO A SALVO EVENTUALES DERECHOS DE TERCEROS. Devuélvanse original
con sus resultas al solicitante. Anótese su salida en el libro respectivo. Diarícese y
Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación,
Sustanciación y Ejecución, Abog. Eviluz del Valle Cabeza Fandiño y de la Secretaria. En la
misma fecha se libraron las copias certificadas de Ley. Conste: La secretaria. QUIEN
SUSCRIBE La Secretaria del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de
esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO que el anterior traslado es copia fiel y exacta de
su original, Cursante al folio ~vdel Expediente MD11-J-2013-000563, certificación que
se hace de conformidad con el artículo 112 del Código de procedimiento.....