D E C I S I Ó N:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de La Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECLARA CON LUGAR, la presente demanda de Rectificación de Partida de Nacimiento de la adolescente JOYCE KAROLIN GARCIA PADRÓN, al igual el Estado donde es nativa la Ciudadana YOLANDA ISABEL PADRÓN, la cual es la madre, colocando (Estado MIRANDA), llevada por la Prefectura de la Parroquia El Carmen del Municipio Barinas del Estado Barinas, durante el año 1.990, bajo el N° 1.357, en el sentido de que la correcta identificación de la adolescente es: JOYCE KAROLIN GARCIA PADRÓN, y el Estado correcto donde nació la Madre de la misma es: el Estado MONAGAS.
En consecuencia de conformidad con el Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la inserción de la presente sentencia en los libros de Registr.....