En mérito de las consideraciones antes expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, actuando en sede constitucional Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Se declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional intentada por los ciudadanos María Reina del Carmen Briceño, Mariela Alvarado, María Lobo Vázquez, María Hipólita García de Lara, Yannora Lobo, Beatriz Vergara, María Romero, Rosa Terán, José Ramón Lara, Lexi Triviño, Ilana Peña, Yusmary Rangel, Mileidy Ramírez y Luzmila Angarita, ya identificados, contra la Alcaldía del Municipio Bolívar del estado Barinas, representada por su Alcalde ciudadano Meleán Marrero.
SEGUNDO: No se hace condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión, además de no considerarse temeraria la demanda intentada, de acuerdo con lo prec.....