Primero: Califica como flagrante la detención de los ciudadanos BLADIMIR ANTONIO MARTINEZ y HUMBERTO JOSE MARTINEZ, En la comisión del delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del Ciudadano José Gregorio Merchán. Segundo: DECRETA MEDIDA DE PRIVACION PREVENTIVA DE LIBERTAD a los imputados BLADIMIR ANTONIO MARTINEZ, quien no porta identificación, manifiesta ser venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 19.619.684, mayor edad, de 19 años de edad, nacido el 16/08/86, natural Sabaneta, Estado Barinas, hijo de Juan Bautista Gil (V) y Nilda Margarita Martínez (V), obrero, grado de instrucción: 1° año de bachillerato, residenciado en el Poblado 1, calle Colombia, casa N° 08, Sabaneta, Estado Barinas, y HUMBERTO JOSE MARTINEZ, quien no porta identificación, manifiesta ser venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 15.906.405, mayor edad, de 22 años de edad, nacido el 7/05/83, natural Sabaneta, Estado Barin.....