DISPOSITIVA
En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia actuando en función de Control Nº 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, : Condena por el Procedimiento de Admisión de los Hechos, de conformidad con el Artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal al Acusado RINAL RONAL RIVAS, quien no porta identificación, manifestando ser venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V- 124.111.285, mayor edad, de 20 años de edad, nacido el 13/08/86, natural Barinas, Estado Barinas, hijo de José Gregorio Ramírez (V) y Beida Zulia Rivas (V), residenciado en el sector los Guasimitos, Meza del río, calle 2, casa Nº 10-39, Barinas, Estado Barinas, y NANYER YUSUE ESPAÑA MARQUEZ, venezolano, de 26 años de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-15.967.974, nacido el día 10-05-1979, domiciliado en la Avenida Industrial, Barrio El Industrialito, Casa Nº 21 de la ciud.....