el penado JOSÉ VICENTE ELÍAS PAVÓN, titular de la cedula de identidad N°. 13.211.357, en la causa N°. EP01-P-2005-008950 en la causa N°. EL01-P-2000-000028, fue detenido preventivamente el día 02/03/2005, en fecha 23/03/2000 le fue otorgada medida cautelar, permaneciendo detenido por el lapso de VEINTIÚN (21) DÍAS; en fecha 13/04/2000 fue detenido hasta el 18/04/2000 cuando le fue otorgada medida cautelar, permaneciendo detenido por el lapso de CINCO (05) DÍAS; en fecha 08/06/2000 fue detenido nuevamente, en fecha 13/08/2003 le fue otorgado el beneficio de Destacamento de Trabajo hasta el 31/12/2003 fecha cuando dejó de cumplir con sus presentaciones, siendo revocado en fecha 10/02/2004, computándose el lapso de TRES (03) AÑOS, SEIS (06) MESES Y VEINTITRÉS (23) DÍAS, lo que suma el lapso de TRES (03) AÑOS, SIETE (07) MESES Y DIECINUEVE (19) DÍAS RECLUIDO. Posteriormente, en la causa N°. EP01-P-2005-003544, fue detenido preventivamente en fecha 12/05/2005 hasta el día de hoy 23/04/2008,.....