en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE, el viaje a la Isla de CUBA, de la niña FRANCHESCA ALEJANDRA VERA, para ser intervenida quirúrgicamente por estrabismo, en el convenio Cuba-Venezuela por operación Milagro, en compañía de su Guardador Judicial ciudadano JULIO VERA PATIÑO, C.I N° V-3.621.516.
Publíquese, regístrese y expídanse copias de Ley.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de Protección del niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas a los Trece (13) días del mes Junio del Dos Mil Cinco.