DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Unipersonal de Juicio N° 01, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: CONDENA al acusado GAUDIS JAVIER GUTIERREZ OSEDA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 19.024.630, (no porta), de 19 años de edad, nacido el 02/11/88, natural de Barrancas, Municipio Cruz Paredes, Barinas, residenciado barrio chicotoro, frente al boulevar, casa N° 02, cerca de la panadería El Boulevar; Barrancas, Municipio Cruz Paredes, Barinas, ocupación caletero, hijo de Mireya Oseda (V) y Gaudis Gutiérrez (V a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DEL DELITO DE ROBO, previsto y sancionado en los artículos 9 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, se deja que para efecto de la imposición de la pena se aplicó el artículo 74 ordinal 4° del Código Penal, hasta la fecha qu.....