DISPOSITIVA
Por todo lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, actuando en Función de Control Unipersonal Nº 04, en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR LA AUTORIDAD QUE LA LEY LE CONFIERE CALIFICA COMO FLAGRANTE LA APREHENSION conforme al Art. 248 del Código Orgánico Procesal Penal, Y DECRETA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD conforme al Art. 250 Ord. 1º,2º,3º, 251 Ord.1º 2º,3º,252 Ord. 1º y 2º del COPP contra de los Ciudadanos MARCO AURELIO GÓMEZ porta cédula de identidad, dice ser Venezolano, dice ser titular de la cédula de identidad N°17.987.293, de 22 años de edad, comerciante, nacido el 31-03-83, natural de Barinas Estado Barinas, hijo de maría Eugenia Gómez (V) y de Luis domingo Vera (F), residenciado en el Barrio Guanapa, Calle 2 Casa N° 116 Barinas Estado Barinas., Y JHOAN MANUEL VILLANUEVA, Venezolano, dice ser titular de la cédula de identidad N° 20.100.318 de 19 años de edad, cáletelo, nac.....