Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR la Oposición formulada por el ciudadano Manuel Felipe Toro, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.259.114, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio Bruno de Filippo Ronchei, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 101.906, contra la Medida Ejecutiva de Embargo practicada por el Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas, en fecha 20 de Octubre de 2.003.
SEGUNDO: En consecuencia de lo anterior, SE CONFIRMA la Medida Ejecutiva de Embargo practicada por el Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas, en fecha 20 de Octubre de 2.003, sobre el bien inmueble constituido por un conjunto de mejoras y bienhec.....