DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Control Nº 6 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECRETA: El SOBRESEIMIENTO, de la presente causa, seguida al Ciudadano Edgidio Díaz Ramírez, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 9.184.389, natural de Santa Bárbara de Barinas, de profesión u oficio Contratista, de 40 años de edad, nacido el día 05-081961, residenciado en el Barrio Pueblo Nuevo, carrera 5, casa N° 20-33, Santa Bárbara Estado Barinas; de conformidad con el artículo 318, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese y registrase. Dada firmada, sellada y refrendada en este Tribunal de Control Nº 6 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, a los trece (13) días del mes de junio de 2005. Años 195º de la Independencia y 146º de la Federación.
JUEZ CONTROL Nº 6.
Abg. FANISABEL G.....