En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio por Desafecto, presentada por los Abogados: MARCOS DE LEÓN VIVAS MORENO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 310.159 y JORGE LUIS LÓPEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 146.669, actuando con el carácter de Apoderados Judiciales del ciudadano: JUAN MIGUEL BOLIVAR ULLOA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.434.394, con domicilio en el Barrio Agua Dulce, carrera 5 con calle 3 Nro. 3-10, Barinitas, municipio Bolívar del estado Barinas, según se evidencia de Poder Especial Autenticado ante el Registro Público del Municipio Bolívar del estado Barin.....