Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo del Municipio Barinas, de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE POR EL TERRITORIO, para conocer de la presente demanda de COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN, intentado por la ciudadana MIRIAN JOSEFINA VIRLA BALZA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.147.457, actuando en su carácter de Presidenta de Sociedad Mercantil "LUBRICANTES Y REPUESTOS MAFER, C. A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, en fecha 13-07-2.006, quedando registrada bajo el Nº 38, Tomo: 10 ¿ A, y debidamente facultada para este acto, según la Cláusula Décima Quinta de los Estatutos de dicha Sociedad Mercantil, asistida en este acto por el abogado en ejercicio JOSÉ FRANCISCO TORR.....