En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE, para conocer del presente recurso de apelación.
SEGUNDO: Declara SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 01-07-2015, por el abogado Carlos Gregorio Sánchez Albornoz, venezolano, mayor de edad, titular de las Cedula de Identidad N°. V- 8.018.127, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 65.434, actuando con el carácter de Apoderado Judicial del ciudadano Edgar Edecio Molina Calles, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.667.775, contra la decisión dictada en fecha 22-06-2015, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas,.
TERCERO: Se CONFIRMA la decisión dictada en fecha 22-06-2.....