DISPOSITIVA
Por todo lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, actuando en función de Control Unipersonal Nº 4, en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR LA AUTORIDAD QUE LA LEY LE CONFIERE CALIFICA COMO FLAGRANTE LA APREHENSION del Ciudadano Hugo de los Santos García Bolaños, conforme al Art. 248 del COPP, Y DECRETA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD conforme al Art. 250 Ord. 1º,2º,3º, 251 Ord.1º 2º,3º,252 Ord. 1º y 2º del COPP contra el ciudadano HUGO DE LOS SANTOS GARCIA BOLAÑOS , venezolano, Soltero, natural de Santa Bárbara de Barinas, de 18 años de edad, portador de la cédula de identidad N° 19.491.876, grado de instrucción: Cuarto año de Bachillerato, de profesión u oficio: estudiante, nacido en fecha 10/05/1986 , hijo de Zoraida Bolaños y Hugo Amador García, residenciado Barrio Andrés Bello, calle 6 entre carrera 10 y 11, casa no le sabe el número, telefónico 0278- 2220194, Santa Bárbara de Bari.....