PRIMERO: Declara IMPROCEDENTE la MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN DE LOS EFECTOS DEL ACTO ADMINISTRATIVO, interpuesta conjuntamente con el recurso contencioso Administrativo de Nulidad en fecha 11 de Noviembre de 2008, contra el ACTO ADMINISTRATIVO DICTADO POR EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, SESION N° 188-08, DE FECHA 31 DE JULIO DE 2008, PUNTO DE CUENTA N° 05, el cual declaró como tierras ociosas e incultas el fundo denominado "HATO SANTA CRUZ", ubicado en el Sector Sabanas de Paguey, Parroquia San Silvestre, Municipio Barinas del Estado Barinas, constante de una superficie aproximada de cinco mil trescientas ochenta y tres hectáreas con ocho mil setecientos ochenta y siete metros cuadrados (5.383 has. Con 8787 m2), bajo los siguientes linderos: NORTE: Barrio Las Flores, terrenos ocupados por Luís Páez, Carlos Araque, César Araque, Jesús Crespo, William Peña, Apolinar Guerrero, José Olivares, Pedro López, Pedro Escobar y, Río Paguey; SUR: Hato Araguaney; ESTE: Río Pa.....