este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 807, 808, 822, 823 y 824 del Código Civil, en concordancia con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara como únicos y universales herederos de la de-cujus MARIA ALBERTINA SUPERLANO DE OVALLES, quien fuera venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 1.601.026, domiciliada en el Sector Bella Vista, carrera 5, de esta población de Barinitas Municipio Bolívar del estado Barinas, fallecida ab-intestato, en fecha diecisiete de marzo del año Dos Mil diecisiete (17-03-2017), en la Clínica Centro Médico Barinas, ubicada en la Calle Cedeño de la ciudad de Barinas, Municipio y estado Barinas, al ciudadano JESUS RAFAEL OVALLES LOPEZ, venezolano, mayor de edad, tit.....