Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara con lugar la AMPLIACION DE TREINTA (30) DIAS, ante la oficina de Atención al Publico de este Circuito Judicial Penal, al Acusado NAUDY SAUL POVEDA VILLAMIL, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.190.357 (la porta), de 26 años de edad, nacido el 02/08/1984, natural de Barinas Estado Barinas, de estado civil soltero, ocupación u oficio obrero estudiante de administración de empresa, hijo de Gloría de Poveda (V) y de Albino Poveda (V), residenciado en el Barrio Independencia II calle los olivos, casa 5- 68 a dos cuadras del modulo asistencial independencia, por la presunta comisión de los delitos de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en los artículos 31 se.....