PRIMERO: CONDENA al acusado Jhonatan Javier Berajano, venezolano, portador del número de identidad V.-16.793.267, de 20 años de edad, nacido el 19/10/83, ayudante de albañilería hijo de Ana Luisa Toro Altuve (V) y de José Leocadio Bejarano Mena, residenciado en el Barrio Brisas del Río, calle 3, poste 190, Barinas, como coautor del delito de Robo Genérico previsto y sancionado en el art. 457 del código penal, a cumplir una pena de cinco (5) años de presidio, más las accesorias de la ley correspondientes, de conformidad con el artículo 13 ejusdem, en perjuicio de Nestor Arley Escobar Vargas. SEGUNDO: CONDENA al acusado Eduar Hiesid Lozada Rueda, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V.-16.793.195, 18/07/85, natural de Acarigua Estado Portuguesa, de 18 años de edad, de profesión indefinida, hijo de Gloria María Rueda (V) y de Eduardo Alfonso Lozada (V), residenciado Barrio Brisas del Río, calle 2, frente a la cancha deportiva, Casa S/N, Barinas, como coautor del delito de Ro.....