DISPOSITIVA.
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en uso de la facultad conferida por el Numeral 1° del Artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, CONCEDE al Penado: ULISES JOSÉ GARCÍA CASTELLANO, quien es Venezolano, de 22 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 18.883.235, nacido en fecha: 11-02-1984, natural de Calabozo, Estado Guárico, soltero, obrero y residenciado en el Parcelamiento Los Hijos de Zamora (detrás de los Acacias), (hogar del Sr. Juan Heriberto Rondón), Barinas, Estado Barinas; actualmente recluido en el Comando Metropolitano Norte de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Barinas; EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, por encontrarse llenos los requisitos exigidos en la Ley Adjetiv.....