Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud de DIVORCIO intentada por el ciudadano: TOMAS DIAZ CONTRERAS, en contra de la ciudadana: YOLI MARIA BONILLA CONTRERAS, ya identificados y en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron el día 09 de Agosto del año 2.002, por ante la Prefectura del Municipio Autónomo Antonio José de Sucre, del Estado Barinas, en la Población de Socopò, según se evidencia del acta de matrimonio Nº 42, que en copia certificada fue traída a los autos.
Publíquese, Regístrese, Notifíquese las partes y expídanse las copias de Ley.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del.....