Decisiones del dia 22/06/2005
N° Expediente :
EP01-P-2005-000062
N° Sentencia :
Fecha: 22/06/2005
Procedimiento: Negativa De Medida Cautelar
Partes: DEFENSOR PRIVADO HILDEBRANDO SCHWANZEMBERG NEWMAN, IMPUTADO: LUIS JESUS SILVA RODRIGUEZ
Resumen:
Por lo anteriormente indicado este tribunal NIEGA la medida cautelar solicitada por el abogado en su condición de Defensor Privado de la imputada de autos LUIS JESÚS SILVA RODRÍGUEZ, quien dijo ser venezolano, de 27 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 14.048.159, Buhonero, natural de Caracas Distrito Capital, nacido el día 05/04/1977 hijo de María Orfelia Rodríguez y Luis Ramón Silva y residenciado en la Urbanización Prado del Este (La Villa), calle 4, casa N° 43, Barinas y acuerda MANTENER la Privación Judicial Preventiva de Libertad, a fin de garantizar la realización del proceso todo de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a las partes de la presente decisión. En Barinas a los Diecisiete (22) días del mes de Junio de 2005.
La Juez de Control N° 4
Abg. Magüira Ordóñez R. La Secretaria
Juez/Ponente:
Nerys Odalis Carballo Jimenez
Organo:
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control
N° Expediente :
2C-1019-2004
N° Sentencia :
Fecha: 22/06/2005
Procedimiento: Medida De Libertad Asistida
Partes: IMPUTADOS. IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY . VICTIMA. MARCOS OMAÑA Y MARÍA RÍOS DE OMAÑA
Resumen:
Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: Admitir la acusación y las pruebas del Ministerio Público, homologar la admisión de los hechos en cargo de los acusados y los alegatos de la defensa en su descargo, declara penalmente responsables a los adolescentes identidad omitida conforme a la ley identidad omitida conforme a la ley , por la comisión de los delitos de LESIONES INTENCIONALES GRAVISIMAS y LESIONES INTENCIONALES LEVES, previstos en los artículos 415 y 418 del Código Penal venezolano (antes de la reforma), en perjuicio de los ciudadanos Marcos José Omaña Salas y María Ruth Ríos de Omaña, y se les sanciona con la Medida de LIBERTAD ASISTIDA, prevista en el articulo 620, literal “d” y 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por el lapso de un (1) año, debiendo presentarse ante el Servicio de Libertad Asistida, ubicado en el Barrio El Molino en la Sede donde funcio.....
Juez/Ponente:
Ricardo Ramon Hernandez
Organo:
Juzgado Segundo de Control del L.O.P.N.A.