Por todo lo antes expresado, éste Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Mixto de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, RESUELVE: PRIMERO: DECLARA PENALMENTE RESPONSABLE al adolescente acusado: D.A.G. (IDENTIDAD OMITIDA, según el artículo 65 en concordancia con el artículo 545 ambos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente), venezolano, de 17 años de edad, nacido en fecha 11-07-92, de profesión u oficio Obrero, residenciado en el Barrio Primero de Diciembre, Etapa II, Manzana P-3, Calle 14, cerca del Materno Infantil de esta ciudad de Barinas del Estado Barinas; por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto en los artículos 5 y 6 ordinales 1, 2 y 3 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos,
en perjuicio del ciudadano JOSE JUAQUIN ROA RAMIREZ .....