Declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO EN LA PRESENTE DEMANDA, formulado por la co-apoderada judicial del accionante abogada en ejercicio Vilcen Yamile Monsalve, con motivo de la demanda de divorcio ordinario fundamentada en la causal tercera (3ra) del artículo 185 del Código Civil, intentada por el ciudadano José Bonifacio Berrios Berrios en contra de la ciudadana Betty Esperanza Esteban Meneses, todos up supra identificados.
Como consecuencia de la homologación del referido desistimiento de la acción, se le da valor de cosa juzgada conforme a lo dispuesto en la parte final del encabezado del artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.