este Tribunal de Control No 01 de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: PRIMERO: Califica la Aprehensión como flagrante de los imputados: CARLOS OLINTO CONTRERAS VILLAMIZAR, DANIEL ANTONIO CONTRERAS VILLAMIZAR, ANA BEATRIZ MALPICA Y RICHARD FIGUERA COLMENARES, por la presunta comisión de los delitos de ASALTO A TRANSPORTE DE CARGA, EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previstos y sancionado en el artículo 357, en su segundo aparte, en relación con el artículo 84 numeral 3°, del código penal, para los imputados Carlos Contreras, Daniel Contreras, y Ana Rivas; anteriormente identificados, y el delito de APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENTES DEL ROBO, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotores, para el imputado Richard Figuera; en perjuicio de Rafael Alejandro Torres Rosales, (ALMANESADORA Y TRANSPORTE TECORTA C.A, y Ro.....