En consecuencia, por las razones antes expuestas precedentemente, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del estado Barinas; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 807, 808, 822 y 824, del Código Civil, en concordancia con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA COMO ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, del de cujus, HERNAN MARULANDA ORTIZ, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-22.112.375, según consta en Acta de Defunción N° 006 quien falleció el día 11/08/2011; emitida por la Prefectura del Municipio Barinas, Parroquia Catedral Barinas estado Barinas; A LA CIUDADANA: MARIA ELVIRA NIETO DE FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de identidad N° V-8.141.007, V-18.288.708, respectivamente (en su condición de concubina); del d.....