DISPOSITIVA
En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia actuando en función de Control Nº 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, : Condena por el Procedimiento de Admisión de los Hechos, de conformidad con el Artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal al Acusado: OSCAR RAMÓN VIVAS POLANCO, venezolano, soltero, nacido en fecha 02-10-1.975, natural de Barinas, Municipio Barinas, Estado Cojedes, de 30 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V-13.947.032, Grado de Instrucción 4to Año, desempeñándose como Distinguido de la Policía del Estado Barinas, destacado en la Zona Policial N° 10 de la población de Socopo, Municipio Antonio José de Sucre, Estado Barinas, hijo de Antonio Ramón Vivas (v) y Josefa Esperanza Polanco (v) y domiciliado en el Barrio Araguaney, Carrera 1 cruce con Calle 2, Casa s/n, detrás del IUTEBA de la población de Socopo, Munici.....