Expuesto lo anterior, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de Circuito Judicial Civil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 807, 808, 822, 823, 824 y 825 del Código Civil, en concordancia con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del de cujus, ciudadano RAFAEL ALEXANDER FERMÍN MAITA, quien en vida fuere venezolano, mayor de edad, cedula de identidad Nº V- 16.173.580, a los ciudadanos: MARITZA ANTONIETA MAITA Y CARLOS EDUARDO FERMIN MOYA, Venezolanos, mayores de edad, cédulas de identidad Nº V-4.880.470 y V-5.467.931, respectivamente, en su condición de padres del de cujus, antes mencionado.
Se deja a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse en originales a la parte interesada, conforme a lo peticionado en .....