CONDENA, al ciudadano ROGER JONAS LEAL LEAL, venezolano, de 25 años de edad, nacido en fecha 1-11-78, hijo de Jonás Armada y Cheila Leal, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.172.788, residenciado en la Urbanización Cuatricentenaria, vereda 5, Sector 14, casa Nro. 26, Barinas, Estado Barinas, a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS Y TRES (3) MESES DE PRISION, en el lugar que designe el Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad correspondiente, por la comisiónde los delitos de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DE ROBO O HURTO Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en el artículo 9 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores y 278 del Código Penal, respectivamente, en perjuicio del ciudadano ALEXANDER JOSE MONSALVE ACOSTA y el ESTADO VENEZOLANO, respectivamente. Se condena igualmente a las penas accesorias de ley, de conformidad con el artículo 16 del Código Penal.
SEGUNDO: EXONERA al Imputado del pago de costas procesales, de conformidad c.....