En mérito de las razones expuestas este Tribunal del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara PARCIALMENTE CON LUGAR y en consecuencia fija la cantidad de: NOVENTA MIL SETENTA Y DOS BOLIVARES (Bs. 90.072,oo), mensuales, equivalente a EL VEINTIDOS PUNTO VEINTICUATRO POR CIENTO (22,24 %) del salario mínimo actual decretado por el Gobierno Nacional, que deberá suministrar el Ciudadano: Lewis Coromoto Pernía Herrera, a partir del mes de julio del presente año. Así se decide.-
Igualmente en la oportunidad del pago de la bonificación especial por concepto de uniformes y útiles escolares, vestido y regalos de navidad, correspondiente en los meses de agosto y diciembre, el demandado alimentario deberá suministrar el doble de la cantidad acordada por concepto de obligación alimentaria, es decir, la cantidad de CIENTO OCHENTA MIL CIENTO CUARENTA Y CUATRO B.....